Las multas están escritas en jerga administrativa a propósito: cuanto menos entiendas, antes pagas. Aquí tienes cada término de la denuncia explicado en lenguaje claro, por qué importa para recurrir y qué debes revisar en cada uno.
Busca cualquier término de tu multa
Denuncia
Es el documento que inicia el procedimiento sancionador. No es la sanción en sí: es la comunicación oficial de que, según el agente o el sistema automático, has cometido una infracción.
Por qué importa para recurrir: Todo recurso se dirige contra la denuncia. Si la denuncia tiene defectos de forma, el procedimiento puede anularse antes de llegar a la sanción.
Qué revisar: Que la denuncia exista como tal y esté firmada o registrada por el órgano competente (DGT, ayuntamiento o comunidad autónoma).
Agente denunciante
La persona (policía local, Guardia Civil de Tráfico) o el sistema (radar, cámara) que formula la denuncia.
Por qué importa para recurrir: Si la denuncia la formula un agente, sus declaraciones tienen presunción de veracidad, pero solo si la denuncia es completa y coherente.
Qué revisar: Que conste quién denuncia. En denuncias de agentes debe aparecer su identificación; en las automatizadas, el sistema y su certificado.
TIP del agente
Tarjeta de Identidad Profesional: el número que identifica al agente que te denuncia. Es obligatorio que figure en la denuncia.
Por qué importa para recurrir: Es una de las búsquedas más habituales («qué significa TIP en una multa»). Sin TIP, la denuncia pierde la presunción de veracidad del agente y es recurrible por defecto de forma.
Qué revisar: Busca el número de TIP en tu denuncia. Si falta o es ilegible, anótalo como motivo de recurso.
Hechos denunciados
La descripción de lo que supuestamente hiciste: qué infracción, dónde, cuándo y cómo. Es el corazón de la denuncia.
Por qué importa para recurrir: Si los hechos están mal descritos, son genéricos («circulaba de forma antirreglamentaria» sin más detalle) o no se corresponden con la realidad, la denuncia no se sostiene.
Qué revisar: Que los hechos sean concretos: conducta exacta, lugar preciso, fecha y hora. Las descripciones vagas o copiadas son recurribles.
Precepto infringido
El artículo concreto de la norma que supuestamente has vulnerado (por ejemplo, «Art. 18.1 RGC» o «Art. 50 LSV»). Suele aparecer como «artículo» o «precepto».
Por qué importa para recurrir: Otra de las búsquedas top («precepto infringido qué es»). El precepto citado debe existir y corresponderse con los hechos descritos. Un precepto erróneo o inexistente anula la denuncia.
Qué revisar: Copia el precepto en nuestro buscador de infracciones para ver qué dice la norma y comprobar que encaja con lo que te imputan.
Calificación: leve, grave o muy grave
La gravedad legal de la infracción. Las leves se sancionan con hasta 100 €, las graves con 200 € y las muy graves con 500 €, salvo que la ley fije otro importe (por ejemplo, 1.000 € por alcohol o drogas).
Por qué importa para recurrir: La calificación determina el importe, los puntos y el plazo de prescripción (3 meses las leves, 6 meses las graves y muy graves).
Qué revisar: Que la calificación sea coherente con el precepto citado. Una infracción leve no puede sancionarse con 200 €.
Importe de la sanción
La cantidad en euros que te exigen. Aparece el importe íntegro y, normalmente, el importe con el descuento del 50 % por pronto pago.
Por qué importa para recurrir: El importe debe corresponderse con lo que la ley fija para esa infracción y esa calificación. Un importe incorrecto es motivo de recurso.
Qué revisar: Compara el importe con la tabla oficial de la infracción. Si no coincide, la sanción es recurrible.
Lugar de los hechos
El punto exacto donde se cometió la supuesta infracción: calle, kilómetro, término municipal.
Por qué importa para recurrir: Un lugar impreciso o erróneo («vía urbana» sin más, o un punto kilométrico que no existe) debilita la denuncia y puede indicar que el agente no estaba presente.
Qué revisar: Que el lugar sea preciso y real. Si la vía es municipal, la competencia es del ayuntamiento, no de la DGT.
Fecha y hora
Cuándo se cometió la infracción según la denuncia. Debe ser una fecha y hora concretas.
Por qué importa para recurrir: Sin fecha y hora no hay forma de contrastar la denuncia (por ejemplo, con el tacógrafo, el GPS o testigos). Además, la fecha marca el inicio de los plazos de prescripción.
Qué revisar: Que la fecha sea coherente (no futura, no imposible) y que la hora permita verificar dónde estabas.
Matrícula
La matrícula del vehículo supuestamente infractor. En denuncias con foto, debe coincidir con la de la imagen.
Por qué importa para recurrir: Una matrícula errónea o ilegible invalida la identificación del vehículo. Es un defecto de forma clásico.
Qué revisar: Que tu matrícula esté bien escrita, letra por letra. Un solo carácter erróneo basta para recurrir.
Titular del vehículo
La persona a cuyo nombre está registrado el vehículo en la DGT. Es quien recibe la notificación si no se identifica al conductor.
Por qué importa para recurrir: El titular tiene la obligación de identificar al conductor cuando se lo requieren. Si no lo hace, le cae una multa propia (el doble de la original en infracciones graves).
Qué revisar: Si no eras tú quien conducía, el requerimiento de identificación debe llegarte correctamente y en plazo.
Identificación del conductor
El trámite por el que el titular del vehículo comunica quién conducía en el momento de la infracción. La Administración lo requiere por carta con un plazo de 20 días naturales.
Por qué importa para recurrir: No identificar al conductor es una infracción independiente y grave. Pero el requerimiento debe estar bien notificado: si no te llegó, no te pueden sancionar por no identificar.
Qué revisar: Que el requerimiento te llegara de verdad (no vale un intento fallido sin más) y que el plazo de 20 días se respetara.
Notificación
El acto por el que la Administración te comunica oficialmente la denuncia. Puede ser en mano (si te paran), por correo certificado, en tu DEV o por edictos en el TEU si no te localizan.
Por qué importa para recurrir: Una notificación defectuosa es uno de los motivos de recurso más potentes: si no te notificaron bien, los plazos no empiezan a contar y el procedimiento puede caducar.
Qué revisar: Cómo te notificaron, cuándo y si se cumplieron los intentos legales antes de pasar a edictos.
Plazo de alegaciones (20 días naturales)
El tiempo que tienes para presentar alegaciones o pruebas desde que te notifican la denuncia: 20 días naturales (cuentan fines de semana y festivos).
Por qué importa para recurrir: Es tu primera y mejor oportunidad para defenderte. Si se te pasa el plazo sin alegar ni pagar, el procedimiento sigue y pierdes la opción del descuento.
Qué revisar: Calcula bien los 20 días desde la fecha de notificación efectiva, no desde la fecha de la infracción.
Pronto pago (descuento del 50 %)
Si pagas dentro de los 20 días naturales desde la notificación, la multa se reduce a la mitad. Pero ojo: pagar implica aceptar la sanción y renunciar a recurrir.
Por qué importa para recurrir: Es la trampa más cara del sistema: el descuento te ahorra dinero a corto plazo, pero cierra para siempre la puerta al recurso, incluso si la multa era anulable.
Qué revisar: Antes de pagar, analiza si la multa tiene defectos. Si es recurrible, el recurso te puede salir gratis; el pago, nunca se devuelve.
Recurso de reposición
El recurso administrativo que se presenta ante el mismo órgano que impuso la sanción, en el plazo de un mes desde la resolución sancionadora.
Por qué importa para recurrir: Es la vía ordinaria para impugnar la multa una vez dictada la resolución. Es gratuito y no necesitas abogado.
Qué revisar: Que presentes el recurso en plazo y ante el órgano correcto (Jefatura de Tráfico, ayuntamiento u organismo que sancionó).
Vía ejecutiva y apremio
Si no pagas ni recurres, la deuda pasa a vía ejecutiva: se añade un recargo (del 5 % al 20 %) y la Administración puede embargarte cuentas, nómina o bienes.
Por qué importa para recurrir: Ignorar una multa no la hace desaparecer: la hace más cara. Pero la vía ejecutiva también tiene plazos y requisitos que deben cumplirse.
Qué revisar: Si te llega una providencia de apremio, comprueba que la notificación original fue correcta: un defecto ahí anula todo lo posterior.
Prescripción
El tiempo máximo que tiene la Administración para sancionarte desde que se cometió la infracción: 3 meses para las leves y 6 meses para las graves y muy graves.
Por qué importa para recurrir: Si la Administración tarda más de ese plazo en notificarte la denuncia, la infracción prescribe y no te pueden sancionar.
Qué revisar: Cuenta los meses desde la fecha de la infracción hasta la fecha de la primera notificación válida.
Caducidad del procedimiento
El procedimiento sancionador debe resolverse en un año desde su inicio. Si la Administración no dicta resolución en ese plazo, el procedimiento caduca.
Por qué importa para recurrir: Es distinto de la prescripción: aquí el procedimiento ya empezó, pero la Administración se durmió. La caducidad no impide que inicien otro procedimiento si la infracción no ha prescrito.
Qué revisar: La fecha de inicio del procedimiento y si hubo resolución expresa antes del año.
DEV (Dirección Electrónica Vial)
El buzón electrónico obligatorio para personas jurídicas y voluntario para personas físicas, donde la DGT notifica las multas.
Por qué importa para recurrir: Si tienes DEV activada, las notificaciones te llegan ahí y los plazos empiezan a contar aunque no abras el correo. Mucha gente no lo sabe y se le pasan los plazos.
Qué revisar: Si eres autónomo o empresa, casi seguro tienes DEV obligatoria. Revísala periódicamente en la sede electrónica de la DGT.
Tu multa, traducida: lo que pone, lo que significa y qué revisar
Lo que pone en tu multa
Lo que significa
Qué revisar
TIP 12345
Número del agente que te denuncia
Que exista y sea legible; sin TIP no hay presunción de veracidad
Art. 18.1 RGC
El artículo concreto que supuestamente infringiste
Que el artículo exista y encaje con los hechos descritos
Hechos: circulaba...
Lo que dice el agente que hiciste
Que sean concretos (qué, dónde, cuándo); lo vago es recurrible
Calificación: grave
Gravedad legal: 200 € salvo importe específico
Que la calificación cuadre con el precepto y el importe
Importe: 200 € (100 € pronto pago)
Lo que te exigen, y con descuento si pagas en 20 días
Que el importe sea el legal; pagar cierra el recurso
Plazo: 20 días naturales
Tiempo para alegar o pagar con descuento
Cuenta desde la notificación efectiva, no desde la infracción
Requerimiento de identificación
Te piden que digas quién conducía
Que te llegara bien; si no, no te pueden sancionar por no identificar
Vía ejecutiva
No pagaste ni recurriste: ahora con recargo y posible embargo
Que la notificación original fuera válida; si no, todo se anula
Nuestra metodología: cómo analiza la IA tu denuncia, con total transparencia.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa TIP en una multa?
TIP son las siglas de Tarjeta de Identidad Profesional: el número que identifica al agente que formula la denuncia. Es obligatorio que aparezca en la denuncia. Si falta o es ilegible, la denuncia pierde la presunción de veracidad de las declaraciones del agente y es recurrible por defecto de forma.
¿Qué es el precepto infringido?
Es el artículo concreto de la norma que supuestamente has vulnerado (por ejemplo, «Art. 18.1 RGC»). Debe existir y corresponderse con los hechos descritos en la denuncia. Puedes copiarlo en nuestro buscador de infracciones para ver qué dice la norma, el importe y los puntos.
¿Qué hago si los hechos descritos en la denuncia no son correctos?
Es uno de los motivos de recurso más sólidos. Presenta alegaciones dentro de los 20 días naturales explicando qué parte de los hechos es incorrecta y aporta pruebas (fotos, testigos, tickets, GPS). Las descripciones genéricas o copiadas también son impugnables.
¿Me conviene el pronto pago del 50 %?
Depende. El descuento te ahorra la mitad, pero pagar implica aceptar la sanción y renunciar para siempre al recurso. Antes de pagar, analiza la multa: si tiene defectos de forma, recurrir te puede salir gratis y anular la sanción completa.
No me llegó la notificación de la multa, ¿qué pasa?
Si la notificación fue defectuosa (no se hicieron los intentos legales, no se publicó correctamente en el TEU), los plazos no empezaron a contar y el procedimiento puede ser nulo. Revisa cómo te notificaron: es uno de los defectos que más multas anula.
¿Ya entiendes tu multa? Ahora analízala
Sube tu denuncia y nuestra IA buscará defectos de forma en segundos. Gratis.