Seguro obligatorio del patinete: Ley 5/2025, registro y multas
Desde 2026, circular con un patinete eléctrico sin seguro de responsabilidad civil es una infracción. La Ley 5/2025, de 24 de julio, crea el seguro obligatorio para los vehículos personales ligeros, y el Real Decreto 52/2026 pone en marcha el registro sin el cual no se puede contratar la póliza. El orden importa: primero la inscripción, después el seguro.
Por Daniel, fundador y responsable de contenidos · Revisada en octubre de 2026
Qué es un vehículo personal ligero
A efectos del seguro obligatorio, son vehículos personales ligeros los vehículos de una plaza, propulsados exclusivamente por motor eléctrico, que alcanzan entre 6 y 25 km/h y pesan menos de 25 kg, o que alcanzan entre 6 y 14 km/h si pesan más de 25 kg. La gran mayoría de los patinetes eléctricos comerciales entran en esta definición. Los vehículos de más de 25 kg que superan los 14 km/h quedan fuera de ella y se tratan como vehículos a motor; su periodo transitorio venció el 26 de enero de 2026.
Fechas que mandan
| Fecha | Qué cambia |
|---|---|
| 22 de enero de 2024 | Todo VMP nuevo vendido en España debe llevar certificado de circulación. |
| 2 de enero de 2026 | Entra en vigor la obligación del seguro de responsabilidad civil para VMP (Ley 5/2025); la DGT comunicó en diciembre de 2025 que su exigencia quedaba vinculada a que el registro estuviera operativo. |
| 30 de enero de 2026 | Entra en vigor el Real Decreto 52/2026 y queda operativo el Registro de Vehículos Personales Ligeros de la DGT. |
| 22 de enero de 2027 | Fin del régimen temporal para patinetes sin certificado de circulación: a partir de esa fecha no podrán circular. |
Primero el registro, después el seguro
- Reúne la documentación: certificado de circulación del patinete, número de serie y factura de compra. Sin certificado, revisa la guía del certificado DGT.
- Inscribe el patinete en el Registro de Vehículos Personales Ligeros, en la sede electrónica de la DGT o en la app miDGT. Al terminar recibes el certificado de inscripción y puedes pedir la etiqueta identificativa para el vehículo.
- Contrata la póliza obligatoria de responsabilidad civil con los datos de la inscripción. Sin inscripción previa no se puede contratar el seguro, y la DGT comprueba que cada patinete registrado tiene cobertura en vigor.
Qué cubre el seguro y qué no
- Cubre: la responsabilidad civil, es decir, los daños que puedas causar a otras personas o a sus bienes mientras circulas (desde un atropello a un peatón hasta un golpe a un coche aparcado).
- No cubre por defecto: tu propio patinete ni tus lesiones. Para eso existen coberturas opcionales: daños propios, robo, accidentes del conductor o asistencia.
- Sin seguro, respondes con tu patrimonio: si provocas un daño sin cobertura, la factura la pagas tú, además de la multa.
Multas
- Circular sin seguro: multa de 250 a 800 euros, según el Ministerio del Interior, y el vehículo puede ser inmovilizado.
- No inscribir el patinete: multa de 202 a 610 euros, según el Ministerio del Interior.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio el seguro para el patinete eléctrico?
Sí. La Ley 5/2025, de 24 de julio, crea el seguro obligatorio de responsabilidad civil para los vehículos personales ligeros, exigible desde el 2 de enero de 2026, una vez operativo el Registro de Vehículos Personales Ligeros de la DGT.
¿Primero el registro o primero el seguro del patinete?
Primero el registro: la inscripción en el Registro de Vehículos Personales Ligeros de la DGT (Real Decreto 52/2026, operativo desde el 30 de enero de 2026) es requisito previo para contratar la póliza obligatoria. Sin inscripción no se puede contratar el seguro.
¿Qué cubre el seguro obligatorio del patinete?
La responsabilidad civil: los daños que causes a otras personas o a sus bienes mientras circulas. No cubre por defecto tu propio patinete ni tus lesiones; para eso existen coberturas opcionales como daños propios, robo o accidentes del conductor.
¿Cuál es la multa por circular con el patinete sin seguro?
Circular sin seguro se sanciona con multa de 250 a 800 euros, según el Ministerio del Interior, y el vehículo puede ser inmovilizado. No inscribir el patinete se sanciona con multa de 202 a 610 euros.
Fuentes oficiales
- DGT · Inscripción de vehículos de movilidad personal: cómo inscribir un VMP y qué documentación exige.
- Real Decreto 52/2026 (BOE): crea el Registro de Vehículos Personales Ligeros, en vigor desde el 30 de enero de 2026.
- Texto refundido de la Ley de Tráfico (RDL 6/2015, BOE): marco de los VMP y su régimen sancionador.